Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley : ACUERDA: UNICO: ENTREGA EL VEHICULO: MARCA CHEVROLET, MODELO CELEBRITY, COLOR BLANCO, AÑO 1988, CLASE AUTOMOVIL, SERIAL MOTOR: 1H6146414, SERIAL CARROCERIA: 1W19WJV311200, PLACAS: AC199VG, en calidad de DEPOSITO y podrá ejercer la GUARDA Y CUSTODIA con prohibición de vender, enajenar o gravar, con la disposición de colocarlo a la orden de la Fiscalía cada vez que se requiera para continuar con la investigación. en calidad de DEPÓSITO y podrá ejercer la GUARDA Y CUSTODIA por ser la propietaria, todo de conformidad a los artículos 26, 51, 115 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 311 y 312 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se.....