IV
DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Competente para conocer del Juicio por Acciones Declarativas, Petitorias, Reivindicatorias y posesorias en materia Agraria, incoado por el ciudadano Jhon Manuel Bello, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.633.946, domiciliado en la quinta avenida, del Centro Administrativo, frente al hospital de esta ciudad de Calabozo, estado Guarico, contra el ciudadano Vicente Enzo Troisi Petrillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.619.567, domiciliado en la quinta avenida, del Centro Administrativo, frente al hospital de esta ciudad de Calabozo, estado Guarico.
SEGUNDO: Sin lugar la Cuestión Previa opuesta, contenida en el ordinal 11° del artículo 346 .....