DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Parcela 543-A", ubicado en el sector Las Santa Maria de Tiznado, asentamiento Campesino sin información, Municipio Francisco de Miranda, estado Guárico, constante de una superficie de ciento cuarenta y siete hectáreas con nueve mil trescientos sesenta metros cuadrados ( 174 has 9.370 Mts 2 ), alinderado de la siguiente manera, Norte: Carretera Nacional Calabozo Santa Marta: sur: Terrenos ocupados por Asunción Pérez. Este: Parcela 541 y oeste: Caño el diablo, a favor del ciudadano Ángel Enrique Rattia Burgos, venez.....