Se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el Defensor Privado, Abogado José Alexy Rueda Castro, actuando en su condición de defensor del ciudadano, Omar Enrique Ojeda Lara, contra la decisión dictada en fecha 06/07/06, por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, en la causa N° JP01-P-2006-003631, que se sigue contra el indicado ciudadano. Todo de conformidad con los artículos 2, 26, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 6 ordinal 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derecho y Garantías Constitucionales.