Pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara, INADMISIBLE LA ACUSACIÓN FISCAL Y SUS MEDIOS DE PRUEBAS, por no llenar los requisitos legales establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se decreta, el SOBRESEIMIENTO de la presente causa jurídica penal, en virtud de que el hecho imputado no se realizó, todo de conformidad con el artículo 318 numeral 1 eiusdem, en relación con los artículos 28.4 literal i, 30, 33.4, 318.1, 319, 321, 324, 250 y 330.3, ibídem.
SEGUNDO: Se ordena, la exclusión del registro policial que pueda registrar el vehículo con las siguientes características: tipo: Sedan, marca: Toyota, modelo: Corolla, color: Azul, clase: Automóvil, placa: XDE895, serial de carrocería: AE829018477, serial del motor: 4320262, año: 1986, de uso particular, así como también, el referido ciudadano JULIO JOSÉ AMPUEDA RIVAS, ambos, por ante el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), el cual se lleva ante la autoridad policial competente; as.....