Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas y de conformidad con el Artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en esta Ciudad de Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN interpuesta por el ciudadano ANGEL JAMES GARCIA MARTÍN, en su carácter de apoderado de ELIZABETH MARIA GARCIA MARTIN, contra la Juez Accidental del Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Abg. FELICIA LEÓN ABREU.-
Devuelvase el expediente al Tribunal Accidental de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
Publíquese. Regístrese. Déjese copi.....