NIEGA y RECHAZA las solicitudes de PERMISOS ESPECIALES, cursantes a los folios: 112 al 116 y 118 de la pieza jurídica, uno de ellos, de carácter navideño, realizada esta última solicitud, por el penado ÁNGEL YOEL PEÑA VARGAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.511.430, quien se encuentra actualmente disfrutando de la medida de prelibertad de RÉGIMEN ABIRTO en el Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Luis Martínez González" adscrito al Ministerio del Interior y Justicia, ubicado en Ocumare del Tuy, Estado Miranda, y la otra solicitud, referente a un permiso de supervisión especial al penado por parte de dicho Centro, por no ser procedentes y ajustadas a derecho y ser contrarias a lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario.