Se declaró CON LUGAR la acción de revisión interpuesta por el ciudadano Jorge Hasbun Castro, asistido por el defensor público penal Abg. Salvador Enrique Celis Ruiz, en el asunto penal Nº JP21-P-2004-000075, con ocasión de la entrada en vigencia de una nueva Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, publicada en la gaceta oficial Nº 38.287 de fecha 05 de Octubre de 2005, la cual en su artículo 31 rebaja la pena prevista para el delito de Distribución de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas. En consecuencia, la nueva pena a cumplir es de ocho (08) años de prisión, más las accesorias de ley. Todo de conformidad con el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas.