Se DECLARO, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados ELIAS DE JESUS QUIAME GIL y RAÚL CARPIO, en su condición de defensor de los ciudadanos YRVIN DAVID ITRIQAGO GUZMAN, JOSE ALEJANDRO MANZOL y LUIS ANTONIO LARA LEAL, quienes son mayores de edad, venezolanos, solteros, y titulares de las cédulas de identidad N° V-15.220.138, V-13.794.131 Y 19.488.389, contra la decisión dictada por el tribunal segundo de control de circuito judicial penal extensión avalle de la Pascua de fecha 13-05-08 que decreto medida de privación judicial de libertad contra los antes identificados ciudadanos. En consecuencia se confirma la decisión judicial impugnada. Todo conforme a lo dispuesto en los artículos 2, 26, 44.1, 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 432,433,435,436,,447,449, y 450 del Código orgánico procesal penal.