Se declaró de oficio la nulidad de la decisión suscrita por el Juzgado 4° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo a cargo de la juez profesional Zaida Méndez Palencia, del 29 de enero de 2004, en el asunto N° JP11-S-2004-00, de su nomenclatura interna, conforme a las previsiones de los artículos 195, 196, 2 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 ordinales 2 y 6 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, decisión ésta que decretó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del imputado, Danny Rafael Contreras Adarmes, extendiéndose los efectos de esta nulidad hasta la medida cautelar sustitutiva en particular. En consecuencia se ordena la libertad plena del imputado. Líbrese boleta de excarcelación. Se le conceden al tribunal de la recurrida, 48 horas para que tome la decisión pertinente, luego de la recepción de las presentes actas y corrija el vicio señalado y que motivó a la nulidad que se.....