Se declaró: CON LUGAR las inhibición propuesta por el ciudadano Rafael Arcángel González Arias, en su condición de Juez Titular de la Corte Única de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, por lo que en consecuencia se separa de conocer el presente asunto. ASÍ SE DECIDE. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 49.4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; 86 y 87 del Código Orgánico Procesal Penal