Se declaró competente para conocer el presente procedimiento de amparo constitucional. Se declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Defensor Público Penal Provisorio Nº 05, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Guárico, San Juan de los Morros, actuando en este acto en defensa de los derechos del ciudadano Antonio José Sánchez Arteaga, titular de la cédula de identidad Nº V-18.804.232, donde aparece como presunto agraviante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Sede San Juan de los Morros, presidido por el Juez abogado Carlos Luís Pérez, en el asunto Nº JP01-P-2015-000796, todo ello de conformidad con lo establecido en el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.