Se declara PROCEDENTE la Medida Cautelar de Protección a la Producción Agrícola y Pecuaria, sobre lote de terreno denominado fundo "NOVENTA Y TRES", ubicado en el sector Mamonal, Parroquia San José de Tiznados, Municipio Ortiz del estado Guárico, constante de una superficie de aproximadamente novecientos setenta y tres hectáreas (973 Has), alinderado de la siguiente manera; Norte: Fundo Bucare-Fundo el Rincón de los Toros-Fundo Los Gallos; Sur: Los Bueyes; Este: Fundo Bucare y Oeste: Caño Cañafistola, a favor de los ciudadanos Blanco López Merquiades Josefina, Blanco Blanco Alberto José, Blanco de Belisario Gertudis Josefina, Blanco de Gómez Antonia Quilina, Blanco de Madrid María Sofía, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.782.958, V-8.779.558, V-4.394.874, V-8.782.957, V-7.289.664, respectivamente.