DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la medida de protección autónoma, incoado por el ciudadano Raimundo Daniel Rodríguez Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.790.406, productor agropecuario, ocupante del lote de terreno denominado " Hato Laguna Alta" ubicado en el Municipio las Mercedes del Llano del estado Guárico, constante de una superficie de Cuatro Mil Setecientos Veintisiete Hectáreas (4.727, has), alinderado de la siguiente manera Norte: Hato Barracas; Sur: Hato la Aguaditas; Este Rio Manapire y Oeste: Cerro Morrocoy y Hato San Román, debidamente asistido por el profesional del derecho Ciudadano León Parraga, titular de la cedula de identidad NºV-3.219.509, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 9.....