-III-
-DECISIÓN-
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA INHIBICION, planteada por el Abogado Arquímedes José Cardona, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.918.458, en fecha (16/04/2013), por cuanto el mismo cesó en sus funciones judiciales en fecha 08 de abril de 2016, continuando esta Juzgadora Superior Agrario, conociendo del asunto.
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación personal mediante boleta a la parte, apelante en la persona del abogado Richard Correa, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 72.043, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Fabrizio Di Giulio, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-10.348.508, y a los demandados ciudadanos Ingrid Fabiola Araujo de Soto, Ana María Araujo Rodr.....