Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, Ciudadano ANTONIO DORTA HERNÁNDEZ, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-401.851, y domiciliado en la ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico. .Se declara SIN LUGAR la acción de reivindicación intentada por la parte actora en contra de la excepcionada, Ciudadanos LUIS ISMAEL COREA y ANA LAYA, venezolanos, mayores de edad, con domicilio en la población de Tucupido, Municipio José Felix Ribas del Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 22 de Abril de 2.014, en rel.....