DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control (Nº 1) del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en esta ciudad de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar las excepciones propuestas por la Defensa previstas en el artículo 28, numeral 4º, literales "c", "e" y "i", del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar el Tribunal que la acusación presentada por el Ministerio Público reúne las exigencias previstas en el artículo 326 ejusdem. SEGUNDO: Se admite totalmente la acusación y su reforma presentada por la Fiscalía del Ministerio Público por la comisión de los delitos de CAMBIO DE FLUJO Y SEDIMENTACIÓN, DEGRADACIÓN DE SUELO TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previstos y sancionados .....