pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Primera (1ª) del Ministerio Publico, así como, sus medios probatorios, salvo el testimonio de Jesús Natividad Cambero Bolívar, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2. y 9., respectivamente, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la apertura al Juicio Oral y Público contra el acusado Félix Rafael Rebolledo, por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el articulo 409 del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana, hoy occisa, María Eugenia Cambero Hernández. Se emplaza a las partes para que en un lapso común de cinco (5) días comparezcan ante el Tribunal de Juicio competente en la oportunidad legal correspondiente; igualmente se le instruye al secretario del tribunal para que remita al ente judicial competente todas las actuaciones del presente asunto, de conformidad con lo establecido en el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Pe.....