PRIMERO: Decreta el Procedimiento Ordinario en el presente caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Adjetivo Penal.
SEGUNDO: Decreta Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, menos gravosas, a los imputados: GENARO EUSTOQUIO MORENO, JUAN JOSÉ REQUENA PÉREZ, OMAR RAFAEL SALCEDO y GUILLERMO HAMILTON GARCÍA ABACHE, por la comisión de los delitos: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 1° del Código Penal, referente a los dos primeros imputados antes mencionados; en relación al tercero de los nombrados, por la comisión del delito: HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 1°, en concordancia con el artículo 84 ordinal 3° eiusdem; en cuanto al cuarto y último de los nombrados, por la comisión del delito: APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 ibidem, de las establecidas en: Los numerales 3. y 4. del artículo 256, en relación con l.....