Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico- Sede San Juan de los Morros , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA INCLUSION para optar al beneficio de REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, EL ESTUDIO, ACTIVIDADES CULTURALES y/o DEPORTIVAS, al penado DOUGLAS JOSE JIMENEZ TOVAR, Titular de la cédula de identidad N° V- 13.251.645, Venezolano, oriundo de Maracay, estado Aragua, nacido el día 18-05-1977, de 39 años de edad, soltero, obrero, con residenciado en la calle Bolívar, casa n° 03, Maracay, estado Aragua, actualmente recluido en el Internado Judicial de Aragua "Tocoron " , quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS de PRISION, más las penas accesorias del articulo 16 del Código Penal venezolano, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Cód.....