DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: ACUERDA APERTURAR EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, al penado IVAN JOSE ARTEAGA RUBIO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.081.182, y se autoriza al ciudadano DANIEL ALFREDO CORADO RAMIREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.280.165, como Correo Especial, para recabar los antecedentes penales que pudiese tener el penado IVAN JOSE ARTEAGA RUBIO, en la ciudad de Caracas Ofíciese a los Tribunales de este Circuito Judicial Penal, a los fines de solicitar información en relación a la penada de marras, sobre causas donde aparezca como penado, de conformidad con lo establecido en la norma penal adjetiva. Publíquese y regístrese lo decidido. Notifíquese a las pa.....