PRIMERO: En atención a la solicitud Fiscal, estima el Tribunal que de las actuaciones se desprende que ciudadano DOUGLAS BEROES SOSA; fue detenido de forma flagrante, pues es señalado por la víctima momentos después de haber cometido el hecho, y luego de una persecución por parte de funcionarios policiales, es detenido con la bicicleta que le fuera despojada al ciudadano José Luís Pérez Tovar, configurándose de esta forma el supuesto de hecho del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal; por lo que de conformidad con el artículo 372 eiusdem, se declara con lugar la solicitud de procedimiento abreviado, disponiéndose la remisión de las actuaciones al Juez de Juicio que corresponda.
SEGUNDO: Respecto a la solicitud de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, el Tribunal observa que de lo afirmado en audiencia, así como de los recaudos acompañados a la solicitud, se encuentra acreditada la comisión de un hecho punible que merece pena privativa de libertad, cuya acción.....