Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por el Abogado ANDRES RAMON PANTOJA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, ciudadano NICOLAS ACOSTA, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de esta Circunscripción Judicial, en fecha 26-02-2004.-
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR LA DEMANDA por DAÑOS Y PERJUICIOS propuesta por el ciudadano NICOLAS ACOSTA contra la ciudadana SILVIA MARIA HURTADO DE CORONA, todos identificados anteriormente.-
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