En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguán Y San Jerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, extensión Calabozo, administrando Justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 901 del Código de Procedimiento Civil y la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por el Tribual Supremo de Justicia en sala plena, se DECLARA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, intentada por el ciudadano VICTOR JOSE RIVERO CARRILLO, identificado en la parte narrativa
SEGUNDO: TERMINADO la solicitud remítase la misma al Archivo Judicial en su oportunidad.
TERCERO: Notifíquese de la presente decisió.....