D I S P O S I T I V A
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Por las razones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Fijación de Obligación de Manutención, intentada por la ciudadana SUAREZ MARIA GILDA CANDELARIA contra el ciudadano JOSE GENARO ARRUEBARRENA, plenamente identificados en autos, a favor de los menores BRUNO JEREMIAS, NAKOR JARED, BENJAMIN JARED. En consecuencia, se fija la cantidad de MIL NOVECIENTOS TREINTA y CINCO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA CENTIMOS, (Bs. F. 1.935,60) equivalente a Dos (2) salarios mínimos decretado por el Ejecutivo Nacional, que el ciudadano JOSE GENARO ARRUEBARRENA deberá suministrarle mensualmente a sus menores hijos, a partir de la presente fecha.
SEGUNDO: Adicional a esta suma fijada, el ciudadano JOSE GEN.....