Así pues, en base a la línea de argumentación ampliamente explanada en la parte motiva de la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional supra reseñado en la misma, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción judicial estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a fin de prestar una tutela preventiva e idónea, decide:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN a la MEDIDA DE PROTECCION A LA AVTIVIDA AGROPECUARIA., sobre un lote de terreno constante de una superficie 320 has, la cual esta contenida dentro de otro lote de mayor de 610 has, denominado fundo Santa Juana, ubicado en el Sector Las Piedras Jurisdicción del Municipio Chaguaramas del Estado Guarico, en los siguientes linderos; NORTE: General y Montañas ; SUR Y SURESTE: Santa Ana de la Tigrera, posesión Las Tigreras; ESTE: La Montaña Tamanaco; OESTE: El rió Manapire, su parte y las po.....