DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto; Este Juzgado Único de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Circuito Judicial del Estado Guarico, Con Sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CONFLICTO DE COMPETENCIA DE NO CONOCER, de conformidad con lo establecido en el articulo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de La Ley Orgánica de Protección de Niños y Adolescentes, en la cusa seguida en contra de la adolescente: XXX, quien es venezolana, de 17 años de edad, titular de la Cedula de Identidad No. XXX, nacida en fecha 15-06-86, estudiante, soltera, residenciada en la calle la cual fue remitida por el Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Aragua, por Declinar la Competencia, en base al articulo 57 del Código Orgánico Proces.....