Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada. SEGUNDO: SE REVOCA en todas sus partes la sentencia recurrida de fecha 11 de mayo de 2006 proveniente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de Calabozo. En consecuencia, se ordena notificar de la presente demanda a los sucesores del Ciudadano Espíritu Santos Delgado para su incorporación al proceso, con excepción de los ciudadanos Ligia Carrillo de Delgado y Gustavo Adolfo Delgado (los que ya se encuentran a derecho en atención al presente recurso) y una vez que conste en autos la certificación de dichas notificaciones, se proceda a la celebración de la audiencia preliminar, tal y como lo dispone el artículo 128 de la Ley Orgánica P.....