este Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la circunscripción Judicial del Estado Bolivariana de Guárico, sede Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: INADMISIBLE FRAUDE PROCESAL intentada por el ciudadano JAIRO JOSE LOZADA ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°.313.911 con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: JOSE GREGORIO HERNANDEZ BURGUILLO