´este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en el presente juicio de Reconocimiento de Documento Privado, seguido por la ciudadana MARGARITA PEÑA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.370.304, domiciliada en Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guarico, en contra de los ciudadanos DONNY REINALDO SILVA PEREIRA y YASMIN NATALI OMAÑA DE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.153.187 y V-15.754.331, domiciliados en la calle Hurtado Ascanio, Sector el Cumbito, casa Nº 17 de la parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guarico;
Actuando en Sede Civil, Administrando Justicia en Nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La Homologación del Convenimiento a la dem.....