este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Deja sin efecto la medida ejecutiva de embargo practicada por el mencionado Juzgado Ejecutor de Medidas, sobre el inmueble constante de Ochocientos Setenta y Cinco Hectáreas con Noventa y Seis áreas (875,96 has), ubicadas en el hato "Los Negros", Jurisdicción del Municipio Santa maría de Ipire, Estado Guárico, comprendido en los siguientes linderos: Norte: Con el Rio Ipire; Sur: Con partes del terreno denominado el vallito, Fundo Los Caños y Fundo Las Brisas, que son o fueron propiedad de los hermanos Cedeño Ramírez, Miguel Ángel Bastida y Adolfo Romero, respectivamente; Este: Con terrenos denominados el Retumbo y Oeste: Quebrada El Salao, propiedad del demandado, la cual consta en acta de fecha 10 de Agosto del 2.009, cursante .....