Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 04, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 326 y 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió en su totalidad la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Guárico, en contra del ciudadano imputado FRANCISCO RAFAEL INFANTE BLANCO, por la comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, hecho cometido en perjuicio de la ciudadana NAYARET DEL CARMEN CAVANERIO ALFONZO, en virtud de las circunstancias .....