DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: esta Alzada asume la competencia para conocer el recurso de revisión interpuesto en fecha 13/06/2013, por la ABG. MARIDEÉ RODRÍGUEZ CARRILLO, en su condición de defensora publica penal de la penada DAMARIS JOSEFINA BOLIVAR TREJO, contra de la sentencia debidamente firme, de fecha 22/11/2010, emitida por el Juzgado Primero Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de estado Guarico con sede en San Juan de los Morros. SEGUNDO: SE ADMITE el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto en fecha 13/06/2013, por la ABG. MARIDEÉ RODRÍGUEZ CARRILLO, en su condición de defensora publica penal de la penada DAMARIS JOSEFINA BOLIVAR TREJO, contra de la sentencia debidamente firme, de fecha 22/11/2010, emitida por el Juzgado Primero Penal en funciones de .....