Fechas y horas en que el penado puede optar a las diferentes fórmulas alternativas para el cumplimiento de la pena y demás beneficios, lo cual se especifica a continuación:
Destacamento de Trabajo: 02-02-2001, a la 06:00 p.m.
Régimen Abierto: 03-05-2002, a las 12:00 horas de la noche
Indulto: 06-11-2004, a las 12:00 del mediodía (m.)
Libertad Condicional: 08-05-2007, a las 12:00 horas de la noche
Confinamiento: 10-08-2008, a las 06:00 a.m.
SE ACORDÓ LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, para que este penado pueda optar, en primer lugar, al DESTACAMENTO DE TRABAJO.