De la revisión del Sistema de Informática JURIS 2000, se pudo constatar que el ciudadano VICENTE PAUL GONZALEZ SANCHEZ, Titular de la Cedula de Identidad No. V- 12.083.922, no tiene Asunto pendiente por ante el Juzgado Primero de Control ni por ningún otro Tribunal de esta Extensión de Calabozo, en consecuencia considera que lo mas ajustado a derecho es ordenar el traslado del mencionado ciudadano a la ciudad de Barquisimeto estado Lara y ponerlo a la orden y disposición de la delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas de Barquisimeto del estado Lara, para lo cual se comisiona al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalìsticas de esta ciudad de Calabozo del Estado Guárico, todo de conformidad con los artículos 02, 26, 44, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.