Se declaró, sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Manuel José Zamora, a la sazón defensor privado del imputado Jesús Alirio Acevedo Isturbe, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Control de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, de fecha 11 de noviembre de 2009. En consecuencia, se confirma el auto recurrido. Se funda la decisión en los artículos 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.