III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana María concepción Díaz, debidamente asistido por el Abogado Carlos Alberto Orocua Hernández, inpreabogado Nº 84.462, en contra de la decisión de fecha 23 de febrero de 2010, dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de entrega de vehículo de las siguientes características: Placa: A87AC0W, Marca: EBRO, Modelo SAMURAY, Año 1991, Color Blanco, Serial carrocería: 14015, Serial Motor: 484068, Clase Minibús, Tipo Minibús, Uso: Carga, realizada por la mencionada ciudadana, por encontrarse solicitado por la Gobernación del estado Guárico, según acta.....