Vista la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO que encabeza las presentes actuaciones, así como las testimoniales promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL, de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor del ciudadano NABOR ALBERTO HERNÁNDEZ RAMOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.245.617, sobre unas bienhechurías ubicadas en la Urbanización Simón Rodíguez, Sector Rancho Grande, Calle La Ceiba, Acceso Calle Aguacatito, Código Catastral Nº 11-01-08-35, Parroquia La Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, miden seis metros (6 mts) de fondo por cuatro metros (4 mts) de frente, cuyas características son: Paredes de bloque y cemento, piso de cerámica, techo de platabanda, puertas y ventanas de hierro, madera y vidrio, conformada por una (1) sala, una (1) cocina, un (1) baño, una.....