En consecuencia, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR el Beneficio de RÉGIMEN ABIERTO al LUIS MIGUEL CUCHETS MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.821.513, natural de Valencia, Estado Carabobo, soltero, de oficio comerciante, nacido el 15-12-76, de 27 años de edad, hijo de los ciudadanos MIGUEL ANGEL CUCHETS MOLINA e INOCENCIA MOLINA, residenciado en el Sector Los Guayos, Vía que conduce al Roble, Plazita del Roble a mano derecha, después a mano izquierda al final, Valencia, Estado Carabobo, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Carabobo, por estar cumplidos los requisitos que prevé el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 501.-