DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ WILFREDO BARRIOS RODRÍGUEZ, en su condición de Defensor Público Penal Segundo, del encausado RICHARD IVAN MARCHENA, contra decisión dictada en el marco de la audiencia de presentación de imputado en fecha 19-03-2011, y publicada el 21-03-2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, de Calabozo, estado Guárico, en la cual, entre sus consideraciones esenciales, decretó, Medida Cautelar de Privación Preventiva de Libertad. En consecuencia, REVOCA la medida impuesta en la delata decisión, en virtud que esta Alzada considera como razonable, coherente y proporcional a las circunstancias fácticas del caso la medida sustitutiva .....