DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite en todas sus partes la acusación presentada por la Fiscalía 16º del Ministerio Público, en contra del acusado MANUEL ANTONIO HERRERA ARANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 18.804.800, natural de esta ciudad de San Juan de Los Morros, Estado Guárico, nacido en fecha 26/10/1986, de 24 años de edad, soltero, de oficio TAXISTA , hijo de ANTONIA ARANA (v), JOSÉ RAMÓN HERRERA (f) residenciado en Urbanización Vista Hermosa, calle Dos casa Nº 37-F San Juan de los Morros, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra.....