AUTORIZÓ EL PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al ciudadano JOSE GREGORIO AMAYA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 22.340.518, natural de Valencia, Estado Carabobo, con fecha de nacimiento el 06/06/1980, de 29 años de edad, actual residente del Centro de Tratamiento Comunitario "Dr. Félix Saturnino Angulo Ariza", Maracay, Estado Aragua, el cual cumplirá a través de la Dirección del Centro Comunitario "Dr. Félix Saturnino Angulo Ariza" de Maracay, Estado Aragua, institución que tendrá la obligación de controlar y verificar el cumplimiento de las condiciones que sean impuestas al penado, a través del Delegado de Prueba asignado al penado e informar periódicamente a este Tribunal, todo lo referente al régimen de supervisión impuesto al mismo. Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitarios y 479.1 del Código Orgán.....