Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano CARLOS ENRIQUE RENGIFO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 9.921.691, casado, natural de Valle de la Pascua Estado Guárico, donde nació en fecha 11-11-1967, domiciliado en la calle Manapire, casa N°. 01-B, de esta ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico, por cumplimiento definitivo de pena.. Igualmente en lo que respecta a la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano CARLOS ENRIQUE RENGIFO, DEBERA cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal, la cual finalizará el día 04-10-2006.