SE DECLARO CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la Fiscal XII del Ministerio Público del Estado Guárico, y por vía de consecuencia, anula la sentencia publicada el 20 de Noviembre del 2006, por el Tribunal Mixto de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo mediante la cual Absolvió al ciudadano Dalvis José Portillo de la acusación formulada por el delito de Actos Lascivos Calificados, previsto y sancionado en el artículo 376 Único aparte del Código Penal en armonía con el numeral 1º del artículo 374 eiusdem, así como también el juicio oral celebrado y ordena la celebración de un nuevo juicio ante un juez de juicio diferente del mismo Circuito Judicial. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 364 numeral 4º, 452 numeral 2º, 456, 457 del Código Orgánico Procesal Penal.