Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado Héctor Sotillo, en su condición de defensor privado de los ciudadanos Glendy José Guzmán Hernández y Juan de Jesús Cabrera, en contra de la decisión dictada en fecha 18/06/2014 y publicada en su texto integro en fecha 04/07/2014, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, mediante la cual entre otras cosas, condenó a los ciudadanos antes mencionados, a cumplir la pena de seis (06) años y nueve (09) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Cómplice No Necesario en la comisión del delito de Robo Agravado, mas las accesorias de Ley previstas en el articulo 16 del Código Pena.....