PRIMERO: Se CONFIRMA, la Sentencia de la recurrida del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 1, de fecha 20 de Septiembre de 2.005, y SIN LUGAR la solicitud de Regulación de Competencia interpuesta por la Actora y así, se decide. Declarándose competente para el presente asunto al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Estaba
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Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Doce (12) días del mes de Diciembre de 2.005.
El Juez,
Dr. Guillermo Blanco Vázquez
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