´este Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico sede Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda por motivo de INTIMACION DE HONORIARIOS PROFESIONALES interpuesta por la ciudadana CARMEN FLORES FAMA, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.639.936 e Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 201.716 contra el ciudadano VICTOR UTRERA VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V.- 8.827.661, tal y como, se establecerá en la dispositiva del presente fallo.´