Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora Ciudadano JUAN YSAAC PÉREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.265.855, domiciliado en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.589; actuando en calidad de ENDOSATARIO en procura de la ciudadana DIMAS ÁLVAREZ DE CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.007.505. Se REVOCA el fallo de la recurrida, Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico de fecha 28 de Junio de 2011. Se ORDENA a la instancia aquo, que previa.....