DISPOSITIVA
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en su Sala Única, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en este caso como Tribunal Constitucional, declara Con Lugar la pretensión de amparo constitucional interpuesta por los abogados Laura Isabel Rondan Benítez y Rafael Garrido Álvarez, ampliamente identificados en autos, y quienes actúan en representación de los intereses y derechos de las víctimas Iris Montenegro, Tatiana de Jiménez, Doraima Loreto y Anggie Karina Flores, de igual manera ampliamente identificados en autos, presentada en contra del juzgado segundo de juicio de este circuito judicial penal, extensión Valle de la Pascua, todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 26; 27; 49 y 51 Constitucional, en concordancia con los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por lo que en consecuencia y por haberse ver.....