DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra los ciudadanos HÉCTOR JOSÉ HERNÁNDEZ DELGADILLO, venezolano, natural de Calabozo estado Guárico, nacido en fecha 30-04-1986, de 24 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Mecánica, domiciliado en Urb. Francisco de Miranda, sector 3, vereda 17, casa N° 08, Calabozo estado Guárico, localizable por el teléfono 0246-871.89.92 y titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.584.973 y JOSÉ RAMÓN RIVERO BARCENAS, venezolano, natural de Montalbán estado Carabobo, nacido en fecha 17-02-1965, de 45 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Superior en Mecánica Automotriz, domiciliado en Urb. San José, manzana 13, casa N° 13 de esta ciudad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.074.378, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Su.....